Reglamento del centro de alumnos Complejo Educacional Estación Central (C.A.C.E.E.C).
El alumno es la persona central y el principal componente de la comunidad educativa. Deben asumir y participar activamente en el proceso formativo. Los alumnos además de participar en las actividades curriculares, estarán también presente en los organismos propios de participación estudiantil, tales como Consejos de Curso y Centro de Alumnos.Los alumnos de 7° básico a 2° año Medio y así sucesivamente hasta llegar a IV medio, forman parte del Centro de Alumnos en diferentes actividades y responsabilidades de ese estamento desarrollándolas en conjunto. Aprenden a organizarse creando lazos dentro y fuera del Colegio, favoreciendo el proceso de socialización y lo que es más importante, respetar el liderazgo entre sus iguales.
Titulo I
Organización y Funcionamiento del Centro de Alumnos
El Centro de Alumnos tendrá como organización básica la siguiente:
§ Directiva
§ Un Consejo de Delegados de Curso. (CoDeCu)
§ Los Consejos de Curso.
§ Tribunal calificador de elecciones. (TRICEL)
§ Comisiones.
§ Asamblea Gral.
Centro de alumnosPara conformar el Centro de Alumnos del Colegio, es necesario considerar los siguientes aspectos:
La directiva del Centro de Alumnos debe estar conformada por los siguientes cargos: Un Presidente, un Vice-presidente, un Comisionado General, un Secretario de Finanzas, Secretario de actas (de 7° Básico Hasta llegar a 4° Medio) La directiva del Centro de Alumnos debe ser elegida anualmente por todo los alumnos del establecimiento, de entre sus miembros, durante el mes de abril.
Para optar a algún cargo de la directiva del Centro de Alumnos, el postulante deberá cumplir con los siguientes requisitos:a) Ser alumno regular del Liceo y tener a lo menos 1 año de permanencia en el momento de postular a los siguientes cargos
a. Presidente
b. Vice-Presidente
Se debe tener los siguientes requisitos:b) Haber sido promovido con un promedio de notas igual o superior a cinco dos (5.2) y haber obtenido un Informe Educacional favorable y no haber reprobado ninguna asignatura durante el segundo semestre. c) No tener matrícula condicional.
d) No haber repetido ningún curso del segundo sub. Ciclo
Los titulares se desempeñan en sus cargos durante un año electivo.
El Centro de Alumnos será asesorado directamente en la organización y gestión por 2 (dos) profesor del Colegio, elegidos por la dirección desde una forma propuesta en conjunto con el CoDeCu y la directiva del centro de alumnos.
El Centro de Alumnos deberá dedicarse exclusivamente al cumplimiento de fines y objetivos, no podrá intervenir en materias didácticas - pedagógicas o en la administración y organización escolar del Liceo.
El Centro de Alumnos se organizará y funcionará según un Reglamento Interno que deberá ajustarse al marco establecido por el presente reglamento general y responder a las circunstancias y características específicas de su realidad escolar.
El Centro de Alumnos al programar sus actividades deberá tener presente el plan de trabajo de la Directiva del Colegio, con el propósito de no interferir su normal desarrollo y deberá someterlo a consideración de la asamblea Gral. para su estudio y aprobación.
Titulo II
DE LAS COMISIONES
Composición y Funciones:
Existirán siete comisiones. Cada uno estará presidido por un comisionado designado por la Directiva del Centro de Alumnos, de los integrantes del establecimiento mismo de acuerdo a su capacidad o interés.
Cultura y Deporte
Su función será promover el deporte e incentivar las actividades culturales, radio escolar, Extensión y Prensa escrita, además de organizar el desarrollo de actividades culturales.
Relaciones Exteriores
Su función será representar al Centro de Alumnos ante todas las instituciones, organismos y actividades que éste le designe, hacer los mayores contactos posibles para hacer del centro de alumnos una buena gestión.
Bienestar Estudiantil
Su función será coordinar la ayuda social y material que vayan en beneficio director de la comunidad Estudiantil, y también se encargara y se hara responsable de llevar toda situación y hecho que tengan directa relación con el movimiento estudiantil secundario, llevar encausar y desarrollar las diversas manifestación de carácter pacifico, de esta manera pretendemos aportar proyectos los cuales se prestan para llevarlos a cabo al centro de las movilizaciones del CALEC tanto internas como externas.
Seguridad Activa.
Su función será resguardad el orden y la convivencia escolar de los alumnos en conjunto con el equipo de paradocentes (esto es sumamente confidencial).
Contraloría.
Encargada de desarrollar y elaborar documentos (investigaciones, fiscalizaciones, etc.) los cuales serán expuestos en primera instancia a los directivos del CALEC y en segunda a la asamblea Gral. , tendrá la misión de evaluar gestiones y desarrollo de todo lo que implica el CALEC y otros.
Bienestar Medioambiental.
Su función será coordinar la ayuda social y material que vayan en beneficio directo de la comunidad Estudiantil.
Nota: todas las comisiones deberán tener a lo menos los siguientes cargos que posteriormente se señalan.
Ø Son atribuciones de Comisionado de cada comisión.
Ø Coordinar las actividades de su Comisión.
Ø Convocar a sesiones de Comisiones, con el consentimiento del Presidente y/o comisionado general.
Ø Entregar Balances en la directiva del centro de alumnos cuando le sea requerido.
Ø Son atribuciones del Sub. Comisionado de cada comisión.
Ø Convocar y presidir las reuniones Ordinarias (cuando el Comisionado no se encuentre).
Ø Reemplazar al Comisionado en sus funciones en caso de ausencia temporal.
Ø Asesorar al comisionado en las sesiones.
Ø Son atribuciones del Secretario General de cada comisión.
Ø Administrar los fondos que se le designara a su comisión.
Ø Tomar actas de sus reuniones
Ø Entregar Balances ante la directiva del centro de alumnos cuando le sea requerido.
Ø Recordar y distribuir información y acuerdo entre las camisones hacia los alumnos.
Titulo III
DE LA ASAMBLEA GENERAL
La Asamblea General estará constituida por dos todos los integrantes del estamblecimiento, desde 7º a II Año Medio y así sucesivamente hasta llegar a IV medio. El Presidente del Consejo de curso será, por derecho propio, uno de estos delegados. Les corresponde:
Informar y estudiar las iniciativas, proposiciones y acciones de los diversos cursos y grupos de alumnos, con el fin de impulsar las que estime más conveniente.
Servir de organismo informativo y coordinador de las actividades de la Directiva y de los Consejos de Curso.
Constituir los organismos y comisiones permanentes y circunstanciales que se consideren indispensables para cumplir con los objetivos del Centro de Alumnos.
Titulo IV
DEL CONSEJO DE CURSO
Se define como el organismo base del Centro de Alumnos; lo integran los alumnos del curso respectivo que organizarán democráticamente, bajo la tutela del Profesor Jefe, la elección de su Directiva y elegirán a los representantes ante el Consejo de los Delegados del curso.
Cada Consejo de curso elegirá su directiva que estará compuesta, como mínimo por: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero. A estos cargos no podrán postular los alumnos que, a criterio del Profesor Jefe, no reúnan los requisitos necesarios para representar idóneamente a su curso tales como repitentes, Problemas de disciplina.
Alumnos que lleven a lo menos una permanencia en el establecimiento superior a seis (6) meses.
Los alumnos se desempeñaran en sus cargos por un (1) año.
En caso de remover a algún alumno de su cargo debe ser bajo la aprobación del consejo de curso y del profesor jefe.
Titulo V
DEL CONSEJO DE DELEGADOS DE CURSO
a. Participar en la discusión y aprobación del Reglamento Interno del Centro de Alumnos.
b. Discutir y aprobar el plan de trabajo anual del centro de alumnos.
c. Informar y estudiar las iniciativas, acciones de los diversos cursos o de grupos de alumnos con el fin de impulsar las que se estimen conveniente.
d. Proponer y analizar líneas de acción para el Centro de alumnos.
e. Fomentar la participación de los estudiantes en las actividades del plan de trabajo.
f. Elegir junta Electoral (TRICEL)
g. El consejo de Delegados de curso se reunirá en forma ordinaria dos veces al mese y en forma extraordinaria las veces que se estime conveniente, previo avisa al director del liceo.
h. El consejo de Delegados de curso, para el cumplimiento de sus funciones, podrá organizarse internamente en forma que lo estime conveniente.
i. El quórum para el Consejo de Delegados de curso para sesionar será de 2/3 de sus miembros. Los acuerdos deberán adoptarse por la simple mayoría (50% + 1)
j. Las sesiones del Consejo de Delegados de Curso no podrán interferir en el desarrollo normal de las actividades propias del establecimiento.
Titulo VI
DEL TRIBUNAL CALIFICADOR DE ELLECIONES.
Requisitos y Facultades
Lo integrarán tres (3) alumnos que pertenezcan AL CoDeCu .
El tribunal calificador de elecciones se reserva el derecho de eliminar alguna lista que no cumpla con los requisitos que posteriormente se señalan en el estatuto
Los integrantes del Tribunal deberán ser elegidos entre aquéllos que tengan una asistencia de un 100% al CoDeCu (a contar de la aprobación de este Estatuto).
Organizarán el proceso eleccionario en todas sus fases.
El profesor asesor del centro de alumnos será por derecho propio el Asesor del TRICEL
Titulo VII
DE LAS ELECCIONES
DE LA DIRECTIVA DEL CENTRO DE ALUMNOS.
De la presentación de listas
Cada nivel y/o agrupación de alumnos tienen derecho a presentar una lista de 5 integrantes, distribuidos en el orden que posteriormente se señalan.
Los cargos de cada lista serán:
1. Presidente (Primer lugar de inscripción).
2. Vicepresidente (Segundo lugar de inscripción).
3. Comisionado General (tercer lugar de inscripción).
4. Secretario de Finanzas (cuarto lugar de inscripción).
5. Secretario de Actas (quinto lugar de inscripción)
2. De los Requisitos.
Sólo serán consideradas aquellas listas que estén debidamente entregadas a la comisión organizadora de elecciones, las cuales serán aprobadas una vez que cada integrante cumpla con los requisitos que se detallan:
a. Se podrán inscribir dos (2) o más listas, con un máximo de cinco integrantes.
b. En cada lista figurarán alumnos de 7º básico a 2º medio y así sucesivamente hasta llegar a IV medio.
c. Cada lista tendrá que entregar una carpeta con los nombre completos de los integrante, curso, fecha de nacimiento y fotocopia del certificado de notas del año anterior, si el alumnos postulante ingreso atrasado al sistema escolar debe ser justificado por el apoderado por intermedio de una comunicación firmada por este.
d. Las lista deberá entregar el plan de trabajo y los eslóganes de la campaña, para así fiscalizar que no haya plagio de estos.
e. Los alumnos de 7º básico y 8º básico hasta que aya 4º medio sólo podrán optar a los cargos 4,5 y 6.
f. Ser alumno regular del Establecimiento y con una permanencia mayor o igual a un (1) año para optar a los cargo 1,2 y 3. Para optar a los cargos 4,5 y 6 sin restricciones.
g. Haber sido promovido con un promedio de notas superior o igual cinco dos (5.2) y no haber reprobado ninguna asignatura del último semestre y ni haber sido sancionado gravemente por su disciplina.
h. Presentar una lista de simpatizantes con nombres, curso y firma, mínimo cuarenta (40) alumnos que avalará el aprecio por el postulante, de sus compañeros de curso o colegio.
i. Presentar conductas acorde a los principios establecidos por el Reglamento de Disciplina del alumno.
De los plazos.
a. Entrega de listas.El primer día hábil del mes de abril, hasta las 16.45 horas.
b. Calificación de las listas.Los dos días siguientes después de la entrega de las listas de la primera semana de abril.
c. Apelación de las listas.El penúltimo día de la primera semana de abril a las 16.45 horas
d. Propaganda y proclamas.Los tres primeros días de la segunda semana de abril. Designar el lugar en donde poner los afiches. El TRICEL deberá organizar un debate dentro de estos tres días, en conjunto con los jefes de campañas de los postulantes.
e. Retiro de propaganda. El ultimo día de la segunda semana ( en caso de haber reelección, se realizara el tercer día hábil después de la primera elección).
f. Presentación del Centro de Alumnos Electo.Se dará a conocer ante toda la comunidad educativa, el segundo día de la tercera semana de abril.
g. Ceremonia de Juramento del Centro de Alumnos.Segundo día hábil del mes de mayo.
h. Inicio del Mandato.Segundo día hábil del mes de mayo
i. Elecciones.serán el Cuarto día de la segunda semana (en caso de haber reelección, se realizará el segundo día hábil después de la primera elección).
j. Quienes votan.todo los alumnos de 5º Básico y así sucesivamente hasta llegar a 4º medió.
k. Quienes Ganan.Gana la lista que tenga la mitad mas uno de los votos válidamente emitidos.
Titulo VIII
DE LAS REUNIONES
De la Asamblea General. Deberán efectuarse reuniones de carácter ordinario una o dos veces al mes. La Directiva del Centro de Alumnos, en acuerdo a la Asamblea General, fijará el día y la hora. Sin perjuicio de esto, el Presidente -por iniciativa propia o a petición de la Directiva y/o Asamblea- podrán fijar reuniones extraordinarias, dentro del mes.
De la Directiva del Centro de Alumnos. Sesionará un día de la semana, antes de la Asamblea Genera.
De las comisiones. Se reunirán con la Directiva al comienzo del mandato, para intercambiar ideas y bosquejar plan de trabajo anual.
De la asistencia a reuniones. La asistencia tendrá carácter de obligatorio. Para toma de decisiones relevantes, se exigirá el 80%.
Las comisiones sesionarán en forma independiente, según propia calendarización y planificación.
Las reuniones deberán ser informadas al presidente de la directiva centro de alumnos, oportunamente de su fecha y tabla a tratar.
Titulo IX
DE LOS INCUMPLIMIENTO Y SANCIONES
1. Los miembros de la Directiva del Centro de Alumnos, comisiones y Asamblea General, serán removidos de sus cargos en caso de:
Perder la calidad de alumno regular del Establecimiento.
Faltar gravemente al Reglamento Interno del Colegio.
Faltar al conducto regular del centro de alumnos.
Bajar el nivel de notas.
No asistir a menos de un 80% de las reuniones, sin justificación, con respecto a la Asamblea General y/o a reuniones del centro de alumnos.
f. Renuncia voluntaria por traslado de colegio, enfermedad u otros motivos de índole personal.
g. La inasistencia injustificada por dos (2) veces consecutivas, será motivo de una amonestación en el Libro de Vida, por parte del profesor asesor.
2. La Directiva del Centro de Alumnos se encargará de reemplazar, a la brevedad, los cargos vacantes.
Titulo X
DE LOS PROFESORES ASESORES Y SUS FUNCIONES
1. Podrán ser Profesores Asesores del Centro de Alumnos del Colegio los siguientes:
a. docentes titulados habilitados legalmente para ejercer la docencia.
b. profesores que tengan a lo menos cinco (5) años de ejercicio docente.
c. profesores con desempeño en el establecimiento durante un período no inferior a los dos (2) años.
d. Serán elegidos Profesores Asesores quienes el director del Establecimiento designe, luego de que el CoDeCu en conjunto con la Directiva del Centro de Alumnos proponga a éste, una quinta con sus preferencias.
2. Los profesores asesores cumplirán las siguientes funciones:
a. asesorar la organización y desarrollo de las actividades del Centro de Alumnos, orientándolas hacia el logro de los objetivos.
b. velar porque las acciones del Centro de Alumnos se enmarquen dentro del Reglamento Interno del Colegio.
c. estudiar y asistir los planes de trabajo y documentos preparados por los distintos organismos del Centro de Alumnos.
d. facilitar la comunicación entre el Centro de Alumnos y los otros estamentos de la Comunidad Escolar.
e. Asistir a menos de un 80% a las reuniones que cite la asamblea en general y/o reuniones de la directiva del centro de alumnos.
Titulo XI
DE LA DIRECTIVA Y SUS FUNCIONES
1. Composición:
La Directiva del Centro de Alumnos estará compuesta por: un Presidente, un Vicepresidente, un Comisionado Gral., un Secretario de Finanzas, un Secretario de Actas y un Comisionado General.
2. Funciones:
Informar, coordinar y promover las iniciativas de los alumnos del Establecimiento.
Elaborar un Plan Anual de Trabajo y someterlo a la consideración de la Asamblea General, para su estudio y aprobación y luego presentarlo ante las autoridades del Establecimiento.
Coordinar y participar en los distintos comisiones del Centro de Alumnos.
Representar al Alumnado en la Dirección del Colegio, Cuerpo Docente, Paradocente, Padres y Apoderados del Establecimiento y ante otras instituciones, cuando fuese necesario.
3. Facultades:e. El presidente como todos los integrantes del Centro de alumnos tendrá derecho a ¨Fuero¨ . entendiéndose este como la facultad de no rendir sus pruebas y/o trabajos evaluados en las fechas establecidas, por compromisos del cargo y la posibilidad de ser evaluado en plazo posteriores, comúnmente acordados con el profesor correspondiente, respetándose el porcentaje de rendimiento para la aprobación.
f._El “Fuero” es valido para cualquier integrante del centro de alumnos.
4. Rol específico de cada integrante de la Directiva:
1. PRESIDENTE.
Son atribuciones del Presidente del Centro de Alumnos, las siguientes:
Representar al alumnado en las sesiones del Consejo de Profesores, cuando sea requerido.
Convocar a reuniones de la Directiva del Centro de Alumnos y de comisiones, CoDeCu y Asambleas Generales
Convocar y presidir toda las Asamblea General Ordinaria del año lectivo, para dar a conocer: en la primera, el Plan Anual de Trabajo, y en la última, el Balance de la gestión del Centro de Alumnos y de las comisiones.
Representar al Centro de Alumnos ante la Comunidad.
Remover de los cargos a cualquier integrante de la directiva del centro de alumnos y/o comisiones en conjunto con el CoDeCu.
2. VICE PRESIDENTE
Son atribuciones del Vicepresidente:
Convocar y presidir las Asambleas Generales Ordinarias (cuando el presidente no se encuentre).
Reemplazar al Presidente en sus funciones en caso de ausencia temporal.
Asesorar al Presidente en las sesiones.
3. SECRETARIO ACTAS
Son atribuciones del Secretario de Actas:
Redactar actas de cada sesión del Centro de Alumnos y Asamblea General. Éstas deberán ser leídas al inicio de la sesión siguiente, pudiendo ser objetadas y/o aprobadas.
Recordar y distribuir información y acuerdo entre los alumnos.
4. SECRETARIO DE FINANZAS
Son atribuciones del Secretario de Finanzas:
Administrar los fondos del Centro de Alumnos y de los distintos Directorios.
Mantener al día el Libro de Cuentas.
Entregar Balances en Asambleas Generales Ordinarias cuando le sea requerido.
5. COMISIONADO GENERAL
Son atribuciones del Comisionado General:
Coordinar las actividades de las Comisiones.
Convocar a sesiones de Comisiones, con el consentimiento del Presidente.
Titulo XII
ARTICULO TRANSITORIO.
Derógase a contar de la publicación del presente Reglamento, el decreto supremo de Educación Nº 736 de 1985.
Toda modificación a este estatuto deberá ser sometida a la aprobación de la Asamblea General, el Profesor Asesor y la Dirección del Establecimiento
Derogarse a contar de la publicación del presente reglamento. El decreto supre de educación Nº 736 de 1985
No obstante lo puesto en el articulo transitorio, los centros de alumnos constituidos con sujeción a las normas del decreto supremo de educación Nº 736 de 1985. Tendrán un plazo de 60 días para adecuarse a las disposiciones de este reglamento
Martes 26 de diciembre del 2006
Anótese, tómese razón y publíquese.
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